El 21 de mayo, más de un centenar de organizaciones lideradas por Women, Action & the Media, la periodista Soraya Chemaly y The Everyday Sexism Project iniciaron una campaña con el objetivo de poner fin a la violencia de género en Facebook. Antes de una semana, Facebook aceptó las debilidades y las fallas de la implementación de sus políticas y sus propias normas comunitarias y se comprometió a tomar medidas para mejorar su política de contenidos a fin de identificar y eliminar de su plataforma los contenidos que denoten violencia de género. El Programa de derechos de las mujeres de APC y la campaña ¡Dominemos la tecnología! celebramos este éxito sin precedentes junto con los/as otros/as firmantes y partidarios/as de la Carta abierta a Facebook.
El factor “pero”
Pero no todas las personas que defienden la libertad de expresión en internet celebraron con nosotros/as. En un artículo publicado el 30 de mayo, Jillian York, directora de International Freedom of Expression de la Electronic Frontier Foundation (EFF), afirma que Facebook no debería dedicarse a censurar contenido, aunque se trate del discurso de odio.
Esto no es nuevo. Las feministas, que tienen muy en cuenta la libertad de expresión, han enfrentado este debate con relación a la misoginia y los contenidos violentos de género. Lo que es nuevo es cómo estos argumentos se desarrollan en línea. Para aquellos/as de nosotros/as que apoyamos esta campaña es clarísimo que no se trata de un llamado a oponerse al derecho de los/as usuarios/as a la libre expresión. La red de organizaciones de mujeres que apoya esta campaña entiende que las libertades en internet son fundamentales para hacer valer los derechos de las mujeres y defiende a ultranza la libertad de expresión en línea y fuera de ella.
Pero incluso este derecho no es absoluto: está ligado a otros derechos y leyes, tal como lo manifiesta en su informe el Relator Especial para la libertad de expresión Frank La Rue:
“De hecho, internet ha pasado a ser un medio fundamental para que las personas ejerzan su derecho a la libertad de opinión y de expresión, garantizado por el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Este último pacto establece que:
a) Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
b) Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
c) El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para:
d) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás.
e) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.” (1)
¿Qué estipulan las leyes respecto de la incitación al odio de género? York afirma que, si bien la mayor parte del discurso identificado por la campaña es “repugnante y ofensivo”, este ya está contemplado en las leyes. Por el contrario, parte del problema es que el discurso de odio de género no se incluye habitualmente ni en las definiciones ni en la legislación referentes al discurso de odio. He aquí un ejemplo de Facebook citado en una revista jurídica australiana:
“Otro ejemplo relativamente reciente de conducta que podría decirse que implica vilipendio de género es una página de Facebook creada por algunos estudiantes de la Universidad de Sydney que se llama ‘Define estupro’ y se puede identificar como ‘a favor de la violación’. La página, que posteriormente fue eliminada de Facebook, fue descrita como una ‘incitación a la violencia sexual’ y un ‘entrenamiento para perpetradores de violencia sexual’. Esto parecería satisfacer todos los requisitos del discurso de odio; sin embargo, debido a que el género no figura como motivo específico en las disposiciones relativas al vilipendio, según la ley vigente, los autores no pueden ser procesados en ninguna jurisdicción australiana.” (2)
La autora analiza la ausencia de normas legales relativas al discurso de odio de género en Australia y argumenta que para abordar el problema de la incitación al odio de género debemos identificar lo que es. Esto es precisamente lo que ha hecho la campaña: identificar contenidos violentos de género en las páginas de Facebook y llamar la atención sobre las inconsistencias de la empresa para adherir a sus propias políticas y normas comunitarias.
Muchas personas, incluida Jillian York, comparan a Facebook con una nueva plaza o espacio público. No estoy de acuerdo. Facebook no es una plaza pública; es una plataforma en línea cuya membresía se define por reglas y normas comunitarias preestablecidas y mucho más. Es una entidad comercial responsable ante su junta directiva y que opera según las normas que rigen su actividad comercial. En última instancia, es Facebook quien debe decidir sus políticas de derechos humanos, incluyendo normas sobre la aceptabilidad del discurso misógino y la incitación al odio de género en su plataforma en línea, de la misma manera que un lugar de trabajo o cualquier otra empresa tienen normas sobre comportamiento sexista. Si una empresa dice “no toleramos el discurso misógino en nuestra plataforma”, ¿vamos a protestar y decir “esto es censura” o vamos a decir que están contribuyendo a cambiar la cultura de la misoginia y el sexismo?
¿Dónde está el verdadero peligro?
Jillian York teme que la campaña establezca un precedente peligroso para otros “grupos de intereses especiales que pretenden que se censure su problema de preferencia”. Sin embargo, Facebook tiene reglas y normas comunitarias propias y regula los contenidos, si bien su práctica no coincide con su retórica y sus normas. Deben mejorar la implementación, deben mejorar sus sistemas y deben consultar a sus usuarios/as.
Entonces, ¿cómo es que la campaña se convierte en un precedente peligroso? Si otros grupos de interés deciden impulsar sus “temas de preferencia”, ¿no es eso parte de su libertad como usuarios/as de Facebook?
Lo peligroso es permitir que Facebook continúe decidiendo por sí mismo y no denunciar lo que la misma Jillian York califica de “repugnante, horrible y ofensivo”. La campaña arremetió valientemente contra Facebook diciendo que: el discurso de odio de género es inaceptable y no lo queremos en una plataforma que utilizamos. Algunos/as usuarios/as no estuvieron de acuerdo con esta postura. Algunos anunciantes retiraron sus anuncios de Facebook, mientras que otros se quedaron. El hecho es que la campaña dio pie a un debate serio sobre la misoginia, la violencia contra las mujeres y la libertad de expresión. Así que, en vez de enarbolar la “censura” como una cortina de humo y desestimar esta campaña como inútil, sería mucho más productivo si los/as activistas y expertos/as de la libertad de expresión ofrecieran alternativas y soluciones que se traduzcan en normas respetuosas, al mismo tiempo, de los derechos de las mujeres y la libertad de expresión.
Footnotes
(1) United Nations General Assembly, Report of the Special Rapporteur on the promotion and protection of the right to freedom of opinion and expression, Frank La Rue, A/HRC/17/27, May 2011, www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/17session/A.HRC.17.27_en.pdf
(2) Kylie Weston-Scheuber, “Gender and the prohibition of hate speech”, QUT Law & Justice Journal, 12, 2 (2012), lr.law.qut.edu.au/article/downloadi/504/494
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